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1. Tenga
en cuenta esta ley,
primaria-universal-determinante:
usted, por usted mismo,
es usted mismo.
2.
Considerado pues como
figura legal Usted
mismo, debe agenciarse
un curriculum artístico
o literario.
2.1. Un
curriculum artístico o
literario no es tan
difícil, no hay que
desanimarse. Se
recomienda:
2.1. a.
Insistir en que el valor
estético, ético y moral
de la obra no debe ser
juzgado, en nombre
siempre de la libertad
de expresión, pero con
fundamento en la
inevitable subjetividad
del criterio.
2.1. a+
Redactar un breve y
contundente Anexo con
figuras del arte y la
literatura que han sido
trascendentes a pesar de
parecer intrascendentes.
En este caso, tampoco se
juzgarán sus obras,
aunque es posible
ofrecer bibliografía
referente.
2.1. b.
Por cuanto toda obra
literaria o artística
carece de valores
concretos, convierta su
estatuto de figura Usted
mismo en un ariete
incansable de las obras
ya aceptadas por la
tradición, incluso la
más inmediata, pues la
verdad es que solo la
suya merece ser tenida
en cuenta.
2.2. Sea
crítico y mordaz con
todo lo que le molesta y
lo que no, excepto con
aquellos escándalos de
corrupción en que se
vean involucrados los
entes que manejan el
factor presupuestario.
2.2. a.
Si es conminado a
responder acerca de
estos escándalos, donde
la ley ha intervenido
incluso, conviértalos en
performance artístico,
de modo que no puedan
ser juzgados, tanto en
nombre de la libertad de
expresión, como de la
subjetividad de
criterios.
2.2. a+
Si prepara un
performance demostrativo
del punto 2.2.a, no
escoja, por ejemplo,
asaltar un banco en
quiebra, lo mejor sería
asaltar un banco de
parque, como el de La
Habana donde está la
estatua de Lennon; así,
llevarse sus gafas a
casa o cortarle un
zapato o insertarle un
flemón en la mandíbula,
no sería visto como daño
a una obra patrimonial
(figura que por
desgracia está en las
leyes), sino como
rebelde y renovadora
visión artística.
2.3.
Desconozca todo valor o
mérito del trabajo del
estado revolucionario
cubano para la sociedad.
2.4.
Demuestre con axiomas
precisos y jocosos que
ese nivel alcanzado por
el arte y la cultura de
la revolución cubana,
entre otras muchas
esferas, se dan de modo
mucho más silvestre en
el capitalismo libre.
2.4. a.
No admita que se
contradice al plasmar
los ítems 2.3 y 2.4,
pues la ley no se cita
en bloque, sino en
aquello que ha de
constituir objeto de
litigio.
2.4. a+
Si alguien insiste en el
mal gusto de acudir a la
contradicción, acúselo
de contradictorio y,
sobre todo, de no
respetar ni la libertad
de expresión ni la
subjetividad expresiva
del arte y la
literatura. Esto con
mucha objetividad
científica.
2.4. a+—
Un juicio de valor es
tan subjetivo, que se
puede considerar punible
una agresión simbólica y
no punible una amenaza o
agresión física, máxime
si esta última se
realiza en nombre de la
libertad de expresión y
la subjetividad del
criterio acerca del arte
y la literatura. Esto,
además de con mucha
objetividad científica,
con irrebatible
fundamento legal.
2.5. Por
cuanto Usted mismo, al
ser un Usted mismo no
reconocente de los
valores del estado
revolucionario cubano,
portador de la libertad
de expresión y el
subjetivo albedrío del
criterio y asimismo
usufructuario de las
libertades silvestres
del capitalismo libre,
aproveche la
trascendencia de esos
sucesos culturales
sostenidos por el estado
revolucionario cubano
para figurar con su
performance.
2.5. a.
Considere que las
categorías Actor de
reparto, Payaso telonero
o Doble botellero, no
son figuras que
pertenezcan al ámbito de
lo legal, aunque, el
hecho de ser considerado
como tal debe ser
estatuido como ofensa,
eso sí merecedor de un
proceso judicial.
2.5. a+
No admita el más mínimo
vínculo con ningún tipo
de colecturía y, si se
cuestionase su superior
nivel de vida, se
acudirá al recurso del
Maná, que no podrá ser
atacado en nombre de la
libertad de creencia y
religión.
2.6.
Aplíquese el manual en
cada suceso
trascendente, pero
consérvese como
estrategia oculta,
incluso una vez que se
emigra y se adquieren
sus libritas de peso
corporal. |